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Magisterio sobre amor, matrimonio y familia <br /> <b>Warning</b>: Undefined variable $titulo in <b>/var/www/vhosts/enchiridionfamiliae.com/httpdocs/cabecera.php</b> on line <b>29</b><br />
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[1614] • JUAN PABLO II (1978-2005) • EL RESPETO A LOS VALORES Y DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA FAMILIA

Del Saludo en el rezo del Ángelus, 4 septiembre 1994

1994 09 04 0002

2. Sin embargo, en el momento en que nos encaminamos valientemente es preciso resistir a la tentación de tomar un atajo peligroso, como sería el buscar que todos los esfuerzos tiendan a la reducción, lograda con cualquier medio, de los índices de natalidad. Por el contrario, el esfuerzo mayor ha de consistir en un apoyo decidido de la comunidad internacional al desarrollo económico y social de los pueblos más pobres, mediante una redistribución más equitativa y racional de los recursos. Un programa de regulación demográfica sólo puede considerarse razonable con precisas condiciones éticas y si respeta los valores y derechos fundamentales, que la política nunca puede alterar.

En primer lugar, todo ser humano desde su concepción, tiene derecho a nacer, es decir, a vivir su propia vida. No sólo el bienestar, sino también, en cierto modo, el ser mismo de la sociedad dependen de la salvaguardia de este derecho primordial. Si se niega al niño por nacer este derecho, resultará cada vez más difícil reconocer sin discriminaciones el mismo derecho a todos los seres humanos.

Vienen luego los derechos de la familia, entendida como núcleo social fundado en la unión estable de un varón y una mujer para su recíproca integración y la procreación responsable de los hijos. Los padres tienen derechos y responsabilidades específicos en la educación y formación de sus hijos en los valores morales, especialmente en la difícil edad de la adolescencia.

Se trata de una concepción que, lejos de ser arbitraria, se basa, por el contrario, en el sentido moral universal, a pesar de la diversidad de las religiones y de las culturas. De ese modo, la familia “debe ser reconocida como sociedad primordial y, en cierto modo, ‘soberana’” (Carta a las familias, 17). El Estado tiene el deber de promoverla, respetando el principio de subsidiariedad, y sin sobrepasar nunca los ámbitos de autonomía propios de la vida familiar.